Con la denominación PROCUREMENT FUTURE TRENDS Lab (PFT Lab) se constituye una ASOCIACIÓN al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de Ánimo de lucro.

    El domicilio estatuario de PFT Lab, se establece en la Paseo de la Castellana 171, distrito postal 28046 del Municipio de Madrid

    El Ámbito territorial en que va a desarrollar principalmente sus actividades se extiende a todo el territorio nacional, sin perjuicio de las acciones internacionales y de los trabajos de cooperación internacional solidaria que la Asociación acuerde
    PFT Lab tendrá personalidad jurídica desde la suscripción del acta de constitución (firma de los correspondientes Estatutos) que será otorgada en escritura pública, sin perjuicio de la obligatoriedad legal de proceder a la inscripción en el registro correspondiente, siendo este el momento en el que comenzará el desarrollo de su actividad

    PFT Lab que se instituye tendrá una duración temporal indefinida

    En todo cuanto no está previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las disposiciones complementarias.
La existencia de PFT Lab, con respeto a la legislación general y especifica que en cada caso corresponda, tiene como fines:

Ser un Centro de Pensamiento que indique a la sociedad la evolución, tendencias, necesidades y desafíos que las empresas y organizaciones han de afrontar, y como resolverlos en la función de compras.

Realizar estudios, análisis e investigaciones sobre la situación actual, las tendencias y mejoras en la Función de Compras.

Informar, asesorar y educar a las empresas y sus profesionales para crear cada vez mejoras en la Función de Compras.

Difundir, promover y comunicar todos los conocimientos adquiridos y plasmados en el transcurso de las actividades de estudio, análisis e investigación, a la sociedad en general y a las empresas en particular.

Contribuir a la vida política, social y empresarial con el conocimiento adquirido para que se puedan tomar decisiones que ayuden al tejido empresarial a evolucionar hacia una mayor competitividad y aporte de valor de la Función de Compras

Asesorar a las organizaciones empresariales y profesionales que lo soliciten en cualquier aspecto relativo a su Función de Compras, con base en los conocimientos y medios disponibles en la Asociación

Apoyar una Estrategia que permita potenciar el talento, la creatividad y el emprendimiento en el Ámbito de compras
Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, PFT Lab realizará, a título enunciativo y no limitativo, las siguientes actividades:

Creación de un Think Tank o Centro de Pensamiento, formado por profesionales del mundo de las compras, y apoyados por otros profesionales como pueden ser Consultores, Financieros, Educadores, Expertos en Estrategia y otros.

Realizará estudios, análisis, pensamientos y conclusiones, tanto del conocimiento existente, como de las necesidades y tendencias futuras que serán recogidos en documentos informativos, para su posterior divulgación.

Organizará jornadas de información, actuaciones en el campo de formación y divulgación y concienciación de las conclusiones de cada documento a interlocutores de empresas y organizaciones privadas y públicas, así como a entidades políticas, sociales o de otro ámbito que se vean implicadas, como consecuencia de las actuaciones realizadas.

Sus miembros divulgarán en todo tipo de foros y medios, y por los canales de comunicación que sean necesarios tanto el objetivo y valores de PFT Lab, como los contenidos de sus estudios, a fin de informar, formar y fomentar sobre las tendencias futuras y necesidades del Ámbito de la función de compra

Por iniciativa propia o a petición de terceros, PFT Lab participará en proyectos de investigación, informativos, divulgativos, de asesoría, de concienciación y/o de cooperación a nivel nacional e internacional, en los Ámbitos previamente definidos.
Los fines y resultados y acciones de PFT Lab se dirigen en primer lugar a sus asociados y con carácter genérico a las siguientes colectividades: Sociedad Civil, Sociedad Empresarial, Colectivos Políticos, Gobiernos y Entidades Profesionales y/o Empresariales en general.

En consecuencia, nadie podrá alegar ni individual ni colectivamente frente a PFT Lab o sus órganos de gobierno derecho alguno particular al goce de sus beneficios, excepto en aquellos casos que se desarrollen proyectos particulares que tengan limitados los derechos de difusión

PFT Lab a la hora de determinar los beneficiarios de sus actividades concretas actuará con criterios de imparcialidad y no discriminación, en función del criterio establecido por la Junta Directiva, siempre respetando las leyes existentes y las costumbres y morales vigentes.
FT Lab destinará efectivamente el patrimonio y sus rentas, recursos, conocimiento y personal miembro al cumplimiento de sus fines fundacionales.

Deberán ser destinados al cumplimiento de sus fines mediante la realización de las actividades descritas en el artículo 4, al menos, el 80 por 100 de los resultados de las explotaciones económicas que se desarrollen y de los ingresos que se obtengan por cualquier otro concepto, en los términos previstos por la legislación vigente.

El plazo para el cumplimiento de esta obligación será el comprendido entre el inicio del ejercicio en que se hayan obtenido y los cuatro años siguientes al cierre de dicho ejercicio.

PFT Lab partirá con capital inicial de 1000 € aportado por la entidad CPONET GLOBAL SOLUTIONS, S.L. en calidad de impulsor y socio fundacional.
La estructura interna de PFT Lab constará de los siguientes Órganos colegiados y unipersonales:

Son órganos colegiados de la Asociación los siguientes: Asamblea General, Junta Directiva así como cuantas comités y/o comisiones se creen por éstos con el objetivo de desarrollar los fines de la asociación.

Son órganos unipersonales de la Asociación los siguientes: la presidencia, la secretaría, la tesorería y las vocalí­as de la Junta directiva. Asimismo se prevé la posibilidad de que la Asociación, a través de la Junta directiva nombre vicepresidencias, vicesecretarías y vicetesoreros, en apoyo de los nombramientos principales, cuando así se estimen pertinente

El funcionamiento de todos los órganos se regirá por el orden democrático, el marco constitucional y la normativa vigente.
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno PFT Lab donde estarán representados todos los socios, siendo sus facultades las siguientes:

- Aprobar, la gestión de la Junta Directiva.
- Examinar y aprobar las Cuentas anuales.
- Elegir a los miembros de la Junta Directiva.
- Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias
- Disolución de la asociación.
- Modificación de los Estatutos.
- Disposición o enajenación de los bienes que, en su caso, formen parte del inmovilizado de la asociación.
- Acordar, en su caso, la remuneración de los miembros de los órganos de representación.
- Cualquiera otra que no sea competencia atribuida a otro órgano social.

Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias.

Las asambleas ordinarias se celebrarán una vez al año o dentro de los tres meses siguientes a la formulación de las cuentas por parte de la Junta directiva y siempre dentro de los seis primeros meses siguientes al cierre del ejercicio, teniendo como fin los siguientes:

- aprobar el balance económico del ejercicio anterior,
- aprobar el presupuesto económico del curso,
- aprobar la memoria de actividades,
- aprobar la renovación periódica de la Junta Directiva y el nombramiento o cese de los miembros integrantes de la misma,
- fijar la cuota ordinaria o extraordinaria de los asociados y asociadas
- cuantos otros asuntos se incorporen al orden del día

Las asambleas extraordinarias, que tendrán por objeto todas aquellas cuestiones no delimitadas a la Asamblea General, se celebrarán previa convocatoria del Presidente, cuando las circunstancias lo aconsejen, a su instancia, a solicitud de la Junta Directiva o cuando lo proponga por escrito un 30 % de los asociados, mediante solicitud dirigida a la Junta Directiva.

Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito, mediante correo electrónico, a la dirección facilitada por los asociados, expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar, facilitando, si así fuera solicitado por algún miembro, la información necesaria para adoptar su decisión.

Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora.

Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los socios, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de socios.

Los acuerdos de la Asamblea General, ya sea en reunión ordinaria, ya en reunión extraordinaria, serán adoptados por mayoría simple de los presentes y/o representados.

No obstante, lo anterior, será necesaria mayoría cualificada de la Asamblea General que resultará cuando los votos afirmativos superen los dos tercios de ésta, para la adopción de los siguientes acuerdos:

- Disolución de la entidad.
- Modificación de Estatutos.
- Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
- Remuneración de los miembros del órgano de representación.
La Junta Directiva, cuyos miembros serán nombrados por la Asamblea General, es el órgano de gobierno, gestión y representación de los intereses de la Asociación formado por los Socios Fundadores, en su fase inicial, y aquellos Socios que habiéndolo solicitado sean elegidos por la Asamblea General.

La Junta Directiva estará conformada por un número de entre cinco (10) y diez (20) miembros, denominados Vocales, que serán elegidos entre los propios miembros de la asociación, siendo la duración de sus cargos por un plazo de cinco años.

Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de las finalidades de la Asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos la decisión y/o autorización previa de la Asamblea General.

Las facultades de la Junta Directiva son:
- Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de PFT Lab, acordando realizar los oportunos contratos y actos.
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
- Formular dentro del plazo de tres (3) meses desde la finalización del ejercicio las cuentas anuales y documentación aneja a las mismas.
- Someter, dentro de los seis meses siguientes a la finalización del ejericio, las cuentas anuales formuladas a la aprobación de la Asamblea General
- Admitir o denegar la entrada en la Asociación, de nuevos miembros en calidad de miembros individuales o colectivos.
- Nombrar delegados o representantes para alguna determinada actividad de PFT Lab.
- Nombrar y/o liderar los equipos de trabajo para cada uno de los estudios y actividades que se decidan realizar.
- Crear, cuando así lo estime necesario cuantos comités y/o comisiones resulten necesarios para el desarrollo de sus fines, disponiendo a dicho fin de los recursos necesarios.
- Resolver sobre las medidas disciplinarias a adoptar respecto de algún asociado.
- Aprobar o rechazar la inclusión y/o permanencia de miembros o entidades que aporten recursos materiales y/o económicos y/o humanos a la Asociación.
- Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria y conveniente de dar cuenta posteriormente a la Asamblea General.
- Usar la imagen de PFT Lab y a los miembros del Comité Ejecutivo para labores propias de comunicación y/o difusión de su propia marca profesional o de la empresa que representan, así como promover su participación en la Asociación allí donde lo crea necesario.
- Adoptar las medidas de compliance y actuaciones en contra de la corrupción que regulen la actividad de todos los entes dependientes de PFT Lab.

La Junta Directiva se reunirá al menos tres veces al año y cuantas veces lo determine su Presidente así como a iniciativa o petición de un tercio de sus miembros. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto del Presidente será de calidad, contabilizándose su voto como doble.

Los presentes estatutos admiten la posibilidad de constituirse por medio de las posibilidades que las nuevas tecnologías nos ofrecen, siempre que sea visible y audible para todos los vocales las intervenciones realizadas por el miembro no presente físicamente.

Las comisiones y/o comités son órganos colegiados dependientes de la Junta Directiva, siendo ésta quien, por iniciativa propia o por mandato de la Asamblea General, los creará, dejando a su criterio el funcionamiento, membresía y finalidad de los mismos siempre con respeto a los fines inspiradores de la Asociación.

En cualquier caso, el objeto de la creación de los mismos será el desarrollo de los fines sociales de la Asociación, bien mediante acciones concretas, bien mediante apoyo continuado a la Junta Directiva en la toma de decisiones.

La creación de los comités y/o comsiones deberá contar con la aprobación de la mayoría simple de la Junta Directiva, debiendo establecer esta tanto la finalidad y objeto de su creación como el número de miembros con el que debe contar así como las normas de funcionamiento interno y, en su caso, la duración o vigencia del mismo.
El Presidente de la Asociación serán nombrado por la Asamblea General, siendo asimismo Presidente de la Junta Directiva, sin perjuicio del nombramiento como Presidente Fundador realizado a la constitución de la Asociación, cuyo nombramiento y vigencia lo será hasta la celebración de la primera Asamblea General.

El Presidente de la Asociación, tendrá las siguientes facultades:

- Representar legalmente a PFT Lab, ante toda clase de organismos públicos o privados, o delegar dicha representación ante otro miembro de la Junta Directiva.
- Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Junta Directiva y la Asamblea General, así como dirigir las deliberaciones de una y otra.
- Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia.
- Adoptar cualquier medida que la buena marcha de PFT Lab aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.
- Además, el presidente recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a los pagos necesarios para su funcionamiento.

Cuando así lo acuerde la Junta Directiva, se acordará el nombramiento de una Vicepresidente que suplirá la ausencia del Presidente en todos aquellos actos en los que sea necesaria su presencia.
Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, así como las que nazcan de las delegaciones del Presidente o, en su caso, de la Asamblea General. En cualquier caso, se encargará de impulsar y ejecutar, en la medida de sus responsabilidades con la finalidad de alcanzar los objetivos definidos en el Artículo 3.

Los vocales vendrán obligados a desarrollar sus funciones en el marco de la legalidad vigente y con respeto a los fines de la asociación así como aquellas tareas encomendadas por la Junta Directiva en el seno de sus reuniones de acuerdo a las necesidades de cada momento de la Asociación.
El Secretario velará porque la actuación de la asociación se ajuste a los establecido en la legalidad vigente, con respeto a los propios estatutos y por el cumplimiento de los fines de la propia Asociación. Así mismo, convocará por orden del Presidente tanto la Asamblea General como la Junta Directiva, levantado las actas tanto de una como de otra, certificando, en caso de que sea necesario, el contenido de unas y otras y custodiando y organizando la documentación de la Asociación.

Cuando así lo estime la Junta Directiva, se podrá nombrar por esta un vicesecretario que actúe en ausencia del Secretario, no siendo necesario la autorización previa de la Asamblea.
Corresponde al Tesorero la organización y administración de la contabilidad, realizando los pagos e intervenirlos, previa autorización del Presidente y/o la Junta Directiva.

No obstante lo anterior, de manera inicial las funciones de tesorero serán realizadas por el Presidente de la Asociación, en tanto en cuanto no sea desigando dicho cargo por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva.
Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva, será cubiertas provisionalmente entre los asociados de la Asociación a propuesta del Presidente, en el supuesto de que no se alcance el número mínimo de miembros de la Junta Directiva y hasta su elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.
Puede ser socio de PFT LAB tanto las personas físicas como jurídicas, tales como empresas, profesionales particulares, fundaciones, instituciones o asociaciones u otras organizaciones que entre sus fines u objetivos estén algunos de los fines indicados en el Artículo 3, comprometiéndose a aceptar y cumplir sus fines, soliciten su ingreso en la PFT Lab y sean admitidas por la Junta Directiva.

Dentro de PFT Lab existirán las siguientes clases de asociados:

- Fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de PFT Lab, los cuales quedan exonerados de la obligatoriedad del pago de cuotas, hasta ña ceñlebración de la primera Asmablea General, en la que se sometan a los socios todas aquellas cuestiones necesarias para el desarrollo de los fines de la asociación.
- De número, que serán los que ingresen después de la citada fecha.
- De honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de PFT Lab, o por petición del Presidente Fundador, se hagan acreedores a tal distinción. El nombramiento de los socios de honor corresponderá a la Junta Directiva.

Para ser socio de PFT Lab ha de cumplirse los siguientes puntos:

- Manifestar el deseo de formar parte de PFT Lab como socio, presentando su solicitud a la Junta Directiva vía un escrito al Secretario.
- Por requisito de la Junta Directiva, y en caso de que así lo entienda esta, tendrá que realizar las reuniones y/o entrevistas que se le requieran, pudiéndose complementar estas con documentación que se solicite.
- Que la candidatura sea aprobada, por la mitad más uno, de los miembros de la Junta Directiva.
- Que abone, en los periodos asignados, la cuota de socio de PFT Lab y lo siga haciendo durante todo el tiempo que desee seguir siendo socio.
- Que acepte las medidas de compliance establecidas por la Junta Directiva.


Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes:

- Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito al Presidente, con tres meses de antelación.
- Por incumplimiento continuado de las obligaciones económicas, en caso de que las tengan.
- Por causa flagrante de comportamiento poco ético o de comportamiento en contra las leyes actuales y los fines recogidos en los presentes estatutos.
- Por manifiesta mala intención y difamación de los mensajes e imagen pública de PFT Lab.
- Por robo y/o manipulación de la información y documentación y/o contenidos generados por PFT Lab para sus socios o para un tercero así como por la apropiación intelectual de los contenidos generados por la Asociación o el uso indebido y sin previa autorización de la Asociación.
- Por decisión y votación de la Junta Directiva, debiendo basarse dicha expulsión en causa justificada.
- Por incurrir en alguna de las conductas reflejadas en las medidas de Compliance establecidas en PFT Lab.

Los socios tendrán las siguientes obligaciones:

Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidos por la Asamblea General de PFT Lab, la Junta Directiva y el Comité Ejecutivo.
- Abonar las cuotas que se fijen, en los periodos que se establezcan.
- Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
- Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
- Ser miembros activos y comprometidos de cualquier equipo de trabajo en el que participen, realizando el máximo esfuerzo para la consecución de los objetivos marcados. Dedicando los conocimiento y horas laborales que ello requiera.
- Representar de forma oficial u oficiosa a PFT Lab, respetando su imagen pública.
- Mostrar de forma pública su participación en PFT Lab tanto a título de persona jurídica como de persona particular.
- Hacer uso de los contenidos generados por PFT Lab.
- Promover y solicitar de forma proactiva el desarrollo de actividades, contenidos y servicios de PFT Lab.
- Solicitar apoyo a PFT Lab, para sus actividades profesionales, de forma que la asociación pueda, en la medida de sus posibilidades, ser un valor para su carrera profesional y/o para su empresa/organización.
Los miembros de la asociación, en virtud de las obligaciones asumidas como consecuencia de su adhesión, se comprometen a cumplir los estatutos y velar por los objetivos del colectivo.

No obstante, lo anterior, cuando algún comportamiento o actitud vaya en contra de tales deberes o pueda causar algún perjuicio tanto a la asociación, sus órganos de representación y/o a alguno de sus miembros, el Comité Ejecutivo adoptará las medidas pertinentes, previa audiencia al asociado correspondiente.

La Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva podrá aprobar un reglamento de Régimen Interno. En tanto en cuanto no sea aprobado dicho reglamento será de aplicación las disposiciones recogidas al efecto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, y normas de dearrollo complementarias.
Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de PFT LAB serán los siguientes:

- La inversión inicial de la empresa antes indicada en el artículo 6, así como las aportaciones puntuales que desee hacer, cuando así lo considere.
- PFT Lab en el momento de su constitución carece de Fondo social.
- Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias.
- Las subvenciones, legados, herencias o donaciones que pudiera recibir de forma legal por parte de los socios o de terceras personas.
- Los honorarios que resulten de actividades de sus miembros hacia terceros que soliciten la participación de PFT Lab (convenciones, conferencias, ponencias, mesas abiertas, ...) o por la contratación directa a la Asociación de trabajos o estudios o similares.
- Los gastos de desplazamiento y estancia o material o recursos serán abonados a los representantes de PFT Lab para dichas actividades y descontados de los ingresos obtenidos antes de ser ingresados en PFT Lab.
- Cualquier otro recurso lícito.

El ejercicio asociativo y económico coincidirá con el año natural y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año, debiendo aprobarse las cuentas de la asociación dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.
Se disolverásssss voluntariamente PFT Lab cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto.

En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora, la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido lo destinará para fines que no desvirtúen su naturaleza no lucrativa.

Junta Directiva

Está compuesta por un mínimo de 10 y un máximo de 20 personas.